Terms & Conditions: Términos y condiciones

ALQUILER DE EMBARCACIÓN Y CONDICIONES GENERALES

Acuerdo de Arrendamiento Náutico

Entre EL ARRENDADOR, propietario, poseedor legítimo u operador autorizado de la embarcación objeto de este contrato, y el CLIENTE o ARRENDATARIO, cuyos datos constan en la reserva, conjuntamente denominados “LAS PARTES”, se acuerda lo siguiente:

PRIMERA. NATURALEZA DEL CONTRATO

El presente contrato tiene naturaleza privada, mercantil y marítima, y no constituye un servicio de transporte público de pasajeros. Se regirá por las leyes de la República de Panamá, especialmente por el Código de Comercio, la normativa marítima vigente y el principio de autonomía de la voluntad contractual.

SEGUNDA. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO

El ARRENDATARIO asume plena y exclusiva responsabilidad por su conducta y la de todos sus invitados o acompañantes, liberando expresa, total e irrevocablemente a EL ARRENDADOR, propietarios, operadores, capitanes, tripulación y colaboradores de cualquier reclamación, daño, perjuicio, lesión o pérdida, directa o indirecta, ocasionada por actos u omisiones de los pasajeros.

TERCERA. AUTORIDAD DEL CAPITÁN

El capitán será la máxima autoridad a bordo y podrá, a su sola discreción, negar el embarque, modificar la ruta o el itinerario, suspender o terminar el viaje, o desembarcar pasajeros cuando lo considere necesario por razones de seguridad, condiciones climáticas, consumo de alcohol o sustancias, conducta riesgosa o incumplimiento de este contrato, sin que ello genere derecho a reembolso alguno.

CUARTA. CANCELACIÓN POR PARTE DEL ARRENDADOR

Si EL ARRENDADOR cancela el servicio por causas exclusivamente imputables a él, el ARRENDATARIO tendrá derecho únicamente a la devolución de las sumas efectivamente pagadas, sin intereses, penalidades ni indemnizaciones adicionales.

QUINTA. FUERZA MAYOR Y CONDICIONES MARÍTIMAS

No se considerará cancelación imputable a EL ARRENDADOR, y no habrá obligación de reembolso, cuando la suspensión, modificación o interrupción del servicio se deba a condiciones meteorológicas adversas, marejadas, vientos fuertes, lluvias intensas, disposiciones de la Autoridad Marítima de Panamá, riesgos para la navegación, averías súbitas no previsibles, caso fortuito o fuerza mayor. En tales casos, EL ARRENDADOR podrá ofrecer una reprogramación sujeta a disponibilidad, sin obligación de devolución de dinero.

SEXTA. CANCELACIÓN POR PARTE DEL ARRENDATARIO

Si el ARRENDATARIO cancela con treinta (30) días o más de anticipación, podrá recibir un reembolso máximo del ochenta por ciento (80%) de las sumas efectivamente pagadas, descontando cargos administrativos, bancarios y de pasarelas de pago. Si la cancelación ocurre con veintinueve (29) días o menos de anticipación, no habrá derecho a reembolso. El anticipo pagado tendrá carácter de arras penitenciales y no será reembolsable en caso de cancelación por parte del ARRENDATARIO.

SÉPTIMA. REPROGRAMACIÓN

Entre veintinueve (29) y dieciséis (16) días antes de la fecha reservada, se permitirá una única reprogramación, sujeta a disponibilidad y sin devolución de dinero. Con quince (15) días o menos de anticipación, no procederá reprogramación, crédito ni devolución.

OCTAVA. NO PRESENTACIÓN

La no presentación del ARRENDATARIO o de cualquiera de sus acompañantes en el lugar, fecha y hora establecidos se considerará como servicio prestado, sin derecho a reembolso, crédito ni cambio de fecha.

NOVENA. ALCOHOL, SUSTANCIAS Y CONDUCTAS RIESGOSAS

EL ARRENDADOR no será responsable por accidentes, lesiones, daños o perjuicios derivados del consumo de alcohol, sustancias prohibidas, conductas imprudentes, saltos al agua sin autorización, riñas o incumplimiento de las normas de seguridad. Cada pasajero participa y navega bajo su propio riesgo.

DÉCIMA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

EL ARRENDADOR no será responsable por daños indirectos, daños morales, lucro cesante, pérdida de disfrute, robo, extravío o deterioro de objetos personales. Cada pasajero será responsable de sus propias pertenencias.

DÉCIMA PRIMERA. DAÑOS A LA EMBARCACIÓN

Cualquier daño ocasionado a la embarcación, equipos o instalaciones por el ARRENDATARIO o cualquiera de sus invitados deberá ser asumido íntegramente por el ARRENDATARIO, incluyendo costos de reparación, reposición, mano de obra y pérdida de uso de la embarcación.

DÉCIMA SEGUNDA. EMBARAZO Y CONDICIONES MÉDICAS

Los pasajeros embarazados o con condiciones médicas preexistentes participan bajo su propia responsabilidad. EL ARRENDADOR podrá negar el embarque si considera que existe un riesgo para la seguridad del pasajero o de terceros, sin que ello genere derecho a reembolso.

DÉCIMA TERCERA. SUSTITUCIÓN DE EMBARCACIÓN

EL ARRENDADOR podrá sustituir la embarcación reservada por otra de características similares o superiores en caso de avería, mantenimiento, razones operativas o de seguridad, sin que ello constituya incumplimiento contractual.

DÉCIMA CUARTA. DOCUMENTACIÓN

Todos los pasajeros deberán portar cédula de identidad personal o pasaporte vigente. La falta de documentación requerida no generará derecho a devolución, crédito ni reprogramación.

DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN

Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, LAS PARTES acuerdan someterse a las leyes de la República de Panamá y a la jurisdicción de los tribunales competentes de la República de Panamá, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

DÉCIMA SEXTA. ACEPTACIÓN

El pago de la reserva implicará la aceptación expresa, total e irrevocable de todas las cláusulas y condiciones establecidas en el presente contrato.

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